El sector del alquiler sigue creciendo en los últimos años en España. Según la ficha Socioeconómica del Consejo General de Economistas existen más de 2,4 millones de viviendas bajo este régimen.
Tal vez hayas pensado en poner alguna vivienda que poseas en alquiler pero no te hayas atrevido por miedo a que los inquilinos no paguen la renta o que puedan ocasionar daños al inmueble. No te preocupes, no eres el único, estos son los principales miedos que presentan los propietarios que alguna vez han pensado en ello.
Si quieres hacerlo y quieres evitar este tipo de problema una buena solución es contratar un seguro de alquiler de vivienda.
¿Cuáles son las coberturas básicas de este tipo de seguros de alquiler?
Por lo general, los seguros de impago de alquiler suelen incluir 3 coberturas básicas a posibles riesgos a los que se enfrentan los propietarios de inmueble: el impago del alquiler, los posibles daños al inmueble y la defensa jurídica.
1- El impago del alquiler
Se trata de un seguro de tipo patrimonial, protege al propietario contra los malos inquilinos que no pagan su renta mensual, reembolsándoles las cantidades debidas hasta un límite de mensualidades especificado en la póliza.
El patrimonio de una persona está compuesto por todo lo que tiene (activo) y todo lo que debe (pasivo). Su activo es lo que posee como dueño en un momento dado y lo que otros le deben. El seguro de pérdida de alquileres pretende que el patrimonio del asegurado no se vea disminuido como consecuencia del impago de la renta por parte del inquilino, por eso hablamos de un seguro patrimonial.
2- Actos vandálicos y desperfectos del inmueble
Se trata de un seguro de cosas o de daños que garantiza la indemnización de los daños que sufra el inmueble asegurado por las actuaciones del arrendatario. Este seguro cubre los daños ocasionados por el inquilino en el momento en el que este es desahuciado, es decir, no cubrirá los desperfectos que han tenido lugar durante el periodo de alquiler.
3- Defensa jurídica
Se trata de una cobertura de defensa jurídica por la que el seguro se hace cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado, como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o extrajudicial que tenga que ver con el cumplimiento o ejecución del contrato de arrendamiento. Normalmente, la cantidad que cubre puede alcanzar hasta los 3.000 euros.
Es una modalidad de seguro patrimonial, ya que no se cubren los daños a un bien concreto sino el deterioro que podría sufrir el patrimonio del asegurado si este tuviera que abonar los gastos de asistencia legal que precise para conseguir el cumplimiento del contrato de arrendamiento.
En Solhogar nos preocupamos porque tu alquiler sea feliz y seguro, por ello contamos con “UsarRenta”, cubriendo no solo lo mencionado sino eso y más. Si necesitas ayuda o quieres consultar cualquier duda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro correo solhogar@solhogar.com o de nuestro teléfono 955 989 160.