Es habitual antes de fallecer dejar un testamento donde dejemos claro cómo queremos repartir nuestros bienes y así evitar disputas futuras. Pero no siempre ocurre esto, y es posible que una persona fallezca y no haya realizado su testamento antes de ello.
Entonces, ¿qué ocurre si no se deja un testamento? ¿cómo se realiza el reparto en un caso así?
¿Quiénes reciben la herencia y cómo?
La herencia sin testamento no impide que los beneficiarios de la misma puedan obtener los bienes de la persona fallecida. En este caso es la ley quien determina quiénes son los herederos del difunto y el orden.
Estos herederos se denominan herederos legales, los cuales son distintos y no debemos confundir con los herederos legitimarios.
El orden sucesorio en caso de herencia sin testamento a nivel estatal es el siguiente, aunque es importante saber que dependiendo de algunas Comunidades Autónomas pueden existir variaciones.
1. Los primeros en heredar serán los hijos o descendientes del fallecido o causante.
Si el fallecido deja viudo o viuda, tendrá derecho al usufructo viudal de una tercera parte de la herencia
Los hijos heredan “por cabezas”, es decir, por partes iguales mientras que los descendientes lo hacen “por estirpes”, es decir, por la parte que hubiera correspondido a su padre.
En el caso de que hayan fallecido los hijos, los nietos heredarán “por estirpes”.
2. Si el fallecido no cuenta ni con hijos ni nietos, es el turno de los padres y abuelos
En el caso de que deje viudo o viuda, tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia.
Si a fecha de la muerte solo vive uno de los padres, será quien herede todo. Y en el caso de que no viva ninguno de los padres, la herencia la recibirán los abuelos, en caso de que aún vivan, dividiendo la herencia entre la línea materna y paterna.
3. En tercer puesto sería el turno del cónyuge.
La pareja de hecho no hereda al conviviente fallecido sin testamento, aunque dependiendo de la comunidad autónoma se equiparan los derechos del cónyuge a los de la pareja de hecho en materia de sucesiones.
¿Qué pasa si no existen familiares del causante con derecho a heredar?
En este caso los bienes del fallecido pasan al Estado que está obligado a repartirlos de la siguiente manera:
- Un primer teucrio para instituciones municipales.
- Un segundo tercio para instituciones de tango provincial.
- Un último tercio estará destinado a la amortización de la deuda pública.
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